Logo

M M E c/ M D G A Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

- M. E. M. promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito en el que sus hijas menores de edad resultaron lesionadas. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó en su mayoría la sentencia de primera instancia, aunque modificó la tasa de interés aplicable.

Accidente de transito Danos y perjuicios Responsabilidad civil Incapacidad psiquica


- Quién demanda: M. E. M., en representación propia y de sus hijas Daiana Soledad Basulado y Eliana Dalila Mendoza.

¿A quién se demanda?

G. A. M. D. y su aseguradora Nativa Compañía Argentina de Seguros S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Indemnización por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito ocurrido el 20 de septiembre de 2017, donde las menores resultaron lesionadas.

¿Qué se resolvió?

La sentencia de primera instancia hizo lugar parcialmente a la demanda, condenando a la demandada y su aseguradora a pagar indemnizaciones por incapacidad psíquica, daño moral, gastos médicos, y tratamiento psicológico, rechazando el reclamo por daño físico en una de las menores. La Cámara confirmó en gran medida la sentencia de primera instancia, pero modificó la tasa de interés aplicable.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En relación al encuadre jurídico aplicable al caso y tratándose de una colisión entre un rodado y un ciclista, resulta de aplicación lo normado por el entonces vigente artículo 1113, 2ª párrafo, 2ª parte, del Código Civil, de modo que se produce la correlativa inversión de la carga de la prueba en razón de la presunción legal adversa que compromete la responsabilidad del propietario o guardián del automotor, quien para eximirse de tal atribución debía demostrar que el evento acaeció por culpa de la víctima, la de un tercero por quien no debía responder, o el caso fortuito que fractura el nexo de causalidad, mediante la demostración cabal de los hechos que alegue con tal finalidad." "De las probanzas reseñadas la parte demandada se encuentra muy lejos de haber demostrado la ruptura del nexo causal, como para desvirtuar las consecuencias de la aplicación de la antes citada normativa legal, pues en el caso no se logró acreditar la alegada culpa de la víctima, sea por haber invadido la mano de la contraria o por su aparición imprevista, ni ningún otro obrar antijurídico, que permita imputar responsabilidad alguna a las víctimas." "En consecuencia disponer que desde el hecho hasta el pronunciamiento de primera instancia corresponde la aplicación de la tasa pasiva del Banco Central y de allí en adelante hasta el efectivo pago, la tasa activa cartera general (préstamos) nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación Argentina."

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar