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Tribunal Superior

RODRIGUEZ, GRACIELA NOEMÍ C/ OBRA SOCIAL DE LA PROVINCIA DE ENTRE RIOS (OSER) S/ ACCION DE AMPARO

La actora promovió una acción de amparo contra la Obra Social de la Provincia de Entre Ríos (OSER) por la cobertura de un tratamiento oncológico integral. El Tribunal Superior de Justicia ordenó a OSER garantizar la coordinación del tratamiento y cubrir los traslados y hospedaje, pero declaró abstracto el agravio sobre la medicación oncológica.

Fecha de la sentencia
Tribunal
STJ - AMPAROS (INCLUYE FALLOS DE LA EX SALA DE PROC. CONSTITUCIONALES) (PROVINCIA DE ENTRE RIOS)
Fuero
AMPAROS DEL STJER (PROVINCIA DE ENTRE RIOS)
Jurisdicción
Local · Entre Rios
Expediente
28496
Amparo Oncologia Cobertura medica Quimioterapia Traslados Hospedaje Coordinacion asistencial Oser Derecho a la salud Costas

¿Quién es el actor?

Graciela Noemí Rodríguez

¿A quién se demanda?

Obra Social de la Provincia de Entre Ríos (OSER)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobertura integral del tratamiento oncológico, incluyendo quimioterapia, traslados y hospedaje.

¿Qué se resolvió?

Se ordenó a OSER garantizar la coordinación del tratamiento y cubrir los traslados y hospedaje, declarando abstracto el agravio sobre la medicación.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La obra social demandada, como integrante del sistema de salud, debe cumplir con las normas que regulan su prestación y, puntualmente, ajustar su accionar al Programa Médico Obligatorio que en su Anexo I, Punto 1.1.3. prevé programas de prevención de cánceres femeninos."

"Las prestaciones vinculadas al traslado y hospedaje no pueden ser analizadas de manera aislada o desvinculada del tratamiento oncológico, ya que constituyen medios necesarios e imprescindibles para posibilitar su efectivo acceso y su continuidad."

"La conducta de OSER de desconocer tales prestaciones conexas, deviene en manifiestamente ilegítima en los términos de los art. 1 y 2 de la LPC."

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