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GABASTOU MARIA ADELINA c/ GABASTOU JUAN MARTIN, JUANA MARCELA/JUAN AGUSTIN Y OTROS s/NULIDAD DE ESCRITURA/INSTRUMENTO

La actora promovió demanda por nulidad de la aceptación de la herencia realizada por los herederos del donatario. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó la sentencia que rechazó la demanda, al considerar que la partición por donación realizada por la ascendiente a favor de sus herederos forzosos no es alcanzada por la normativa sobre donaciones.

Sucesion Donacion Particion por donacion Legitima Aceptacion por herederos


¿Quién es el actor?

María Adelina Gabastou
- Demandados: Juan Martín, Juan Agustín, Juana Marcela Guillermina, Juana Elisa Gabastou y el escribano Andrés Margulis

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Nulidad de la aceptación de la herencia realizada por los herederos del donatario

¿Qué se resolvió?

Se rechazó la demanda

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La partición por donación a herederos forzosos tiene una normativa específica, diferente a la donación, que admite la aceptación por los herederos del donatario.
- No resulta aplicable al caso la disposición del art. 1796 del Código Civil, que establece que la donación queda sin efecto si el donatario fallece antes de aceptarla.
- La partición por donación implica la transferencia anticipada de bienes a los descendientes, con respeto de la legítima, y no constituye una donación común.

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