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Primera Instancia

ARCA c/ GONZALEZ JOSE MARIA s/EJECUCION FISCAL - ARCA (Ex A.F.I.P.)

La ARCA promovió ejecución fiscal contra José María González por una deuda de $10.563.860,91, con más intereses y costas. El Juzgado Federal de Comodoro Rivadavia mandó llevar adelante la ejecución hasta el íntegro pago y ordenó a la actora practicar liquidación de la deuda por razones de seguridad jurídica.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO FEDERAL DE COMODORO RIVADAVIA
Fuero
FEDERAL DE COMODORO RIVADAVIA
Jurisdicción
Federal · Chubut
Expediente
FCR 015397/2026
Ejecucion fiscal Arca Llevar adelante la ejecucion Intimacion de pago Falta de excepciones Costas Principio objetivo de la derrota Liquidacion de deuda Seguridad juridica Intereses

¿Quién es el actor?

Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA, ex A.F.I.P.)

¿A quién se demanda?

José María González

¿Cuál es el objeto del reclamo?

cobro de la suma de $10.563.860,91, con más un 15% para responder a intereses y costas, según el libelo de inicio.

¿Qué se resolvió?

se mandó llevar adelante la ejecución contra González hasta el íntegro pago a la ARCA de la suma de $10.563.860,91, con más sus intereses y las costas del proceso (art. 70 CPCCN). Además, en atención a lo ocurrido en diversas ejecuciones fiscales incoadas por la ARCA ante ese Tribunal (expedientes FCR 22525/2018, FCR 12215/2018 y FCR 10470/2018, entre otras), se ordenó a la parte actora practicar liquidación de la deuda reclamada, por razones de seguridad jurídica.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Admitida la ejecución, se ordenó librar y diligenciar el mandamiento de intimación de pago; el cual se encuentra agregado en autos y da cuenta de la intimación practicada." "Ahora bien, dado que no se han opuesto excepciones al progreso de la presente, las costas se impondrán al demandado, según el principio objetivo de la derrota." "En atención a lo acaecido en diversas ejecuciones fiscales incoadas por la ARCA (ex A.F.I.P.) ante éste Tribunal… corresponde, por razones de seguridad jurídica, ordenar a la parte actora que practique liquidación de la deuda reclamada."

Normas que cita

  • CPCCNart. 70 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

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