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Corte Suprema

LOPEZ RAMONA CASIMIRA c/ COMPAÑIA GENERAL DE FOSFOROS SUD AMERICANA S.A. s/PERICIAL MEDICA RELACION CAUSAL

La Corte Suprema hizo lugar a la queja y revocó la sentencia de la Sala VIII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo en el reclamo de Ramona Casimira López contra la Compañía General de Fósforos Sud Americana S.A. Por mayoría, ordenó dictar un nuevo pronunciamiento conforme a lo resuelto, mientras que Belluscio y Highton de Nolasco votaron por desestimar la queja por inadmisibilidad del recurso extraordinario.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
L. 145. XXXVIII. RHE
Recurso de hecho Queja Recurso extraordinario Revocacion Sentencia laboral Camara nacional de apelaciones del trabajo Admisibilidad Articulo 280 cpccn Remision a dictamen fiscal Reenvio para nuevo pronunciamiento.

¿Quién es el actor?

Ramona Casimira López.

¿A quién se demanda?

Compañía General de Fósforos Sud Americana S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

no surge del texto de la resolución.

¿Qué se resolvió?

La mayoría de la Corte hizo lugar a la queja, declaró procedente el recurso extraordinario, revocó la sentencia apelada con costas y devolvió los autos al tribunal de origen para que dicte un nuevo pronunciamiento. La remisión se hizo a los fundamentos del dictamen del Procurador Fiscal, que no se transcriben en el documento analizado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que los agravios expuestos en el recurso extraordinario, cuya denegación origina la queja en examen, encuentran adecuado tratamiento en el dictamen que antecede, a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir, en razón de brevedad." La disidencia de los doctores Belluscio y Highton de Nolasco sostuvo: "Que el recurso extraordinario, cuya denegación dio origen a esta queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)." Esta postura quedó en minoría y no constituye la decisión del tribunal.

Leyes que cita

  • Ley 17.454Codigo procesal civil y comercial de la nacion

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