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Corte Suprema

SEILER MARIA LETICIA c/ MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES s/AMPARO

La Corte Suprema desestimó la queja interpuesta por la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires por resultar inadmisible el recurso extraordinario denegado (art. 280 del CPCCN). Además, condenó a la demandada a hacer efectivo el depósito del art. 286 del CPCCN, cuyo pago estaba diferido por la acordada 47/91.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
S. 1006. XXXI. RHE
Recurso de hecho Queja Recurso extraordinario inadmisible Art. 280 cpccn Deposito art. 286 cpccn Acordada 47/91 Municipalidad de la ciudad de buenos aires Responsabilidad estatal Seiler

¿Quién es el actor?

María Leticia Seiler.

¿A quién se demanda?

Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

DESCONOCIDO (el texto remitido no contiene los antecedentes de la causa principal).

¿Qué se resolvió?

Se desestimó la queja por ser inadmisible el recurso extraordinario denegado (art. 280 CPCCN), y se condenó a la Municipalidad a hacer efectivo el depósito del art. 286 CPCCN, diferido conforme la acordada 47/91 (fs. 100 vta.).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que el recurso extraordinario, cuya denegación origina esta presentación directa, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)."

Normas que cita

  • CPCCNarts. 280, 286 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
  • Acordada 47/91

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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