E.A.F.N. c/ EXPRESO SAN ISIDRO S.A.T.C.I.F.I. s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó la sentencia que hizo lugar a la demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito, manteniendo la aplicación de la tasa de interés activa.
¿Quién es el actor?
E.A.F.N.
¿A quién se demanda?
Expreso San Isidro S.A.T.C.I.F.I
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Daños y perjuicios por accidente de tránsito con lesiones
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- El único agravio de la demandada era la aplicación de la tasa de interés activa desde la fecha del hecho.
- La Cámara aplicó la tasa activa durante todo el período, entendiendo que ello no constituye un enriquecimiento indebido de la víctima, sino la liquidación de una deuda de valor.
- Señaló que la sentencia debe ser considerada como una unidad lógico-jurídica, por lo que si el juez de primera instancia aplicó la tasa activa, es coherente que el tribunal de apelación lo haga de igual modo.
- Agregó que el hecho de permitir demorar el pago mediante apelaciones demuestra que aplicar la tasa activa no perjudica a los deudores.
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