E.A.F.N. c/ EXPRESO SAN ISIDRO S.A.T.C.I.F.I. s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó la sentencia que hizo lugar a la demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito, manteniendo la aplicación de la tasa de interés activa.
- Actor: E.A.F.N.
- Demandado: Expreso San Isidro S.A.T.C.I.F.I
- Objeto: Daños y perjuicios por accidente de tránsito con lesiones
- Decisión: La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda.
- Fundamentos:
- El único agravio de la demandada era la aplicación de la tasa de interés activa desde la fecha del hecho.
- La Cámara aplicó la tasa activa durante todo el período, entendiendo que ello no constituye un enriquecimiento indebido de la víctima, sino la liquidación de una deuda de valor.
- Señaló que la sentencia debe ser considerada como una unidad lógico-jurídica, por lo que si el juez de primera instancia aplicó la tasa activa, es coherente que el tribunal de apelación lo haga de igual modo.
- Agregó que el hecho de permitir demorar el pago mediante apelaciones demuestra que aplicar la tasa activa no perjudica a los deudores.
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