JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES s/DEFRAUDACION -CAUSA N° 86378/99-
La Corte Suprema declaró operada la perención de la instancia en una queja por denegación del recurso extraordinario, por no haber el recurrente cumplido con el depósito previo requerido. Intimó al pago del depósito del art. 286 del CPCCN bajo apercibimiento de ejecución.
¿Quién es el actor?
Ricardo Hugo Nosiglia (recurrente).
¿A quién se demanda?
Jefe de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Recurso de queja en causa por defraudación (Causa N° 86.378/99), originado en la Sala IV de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional.
¿Qué se resolvió?
Declarar operada la perención de la instancia en la presente queja, por incumplimiento del recurrente de lo requerido a fs. 55 y reiterado a fs. 58, e intimar al depósito previsto en el art. 286 del CPCCN dentro del quinto día, bajo apercibimiento de ejecución.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Por haber transcurrido el plazo fijado en el art. 310, inc. 2°, del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación ... sin que el recurrente haya cumplido con lo solicitado en el segundo párrafo de fs. 55, reiterado a fs. 58, declárase operada en la presente queja la perención de la instancia." La decisión se apoya en la doctrina de Fallos: 317:1642 y 321:1689, y en los precedentes P.572.XXXIII y D.479.XXXV, citados como fundamento de la perención.
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Normas que cita
- CPCCNarts. 286, 310 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
Fallos que cita
- Fallos 317:1642CSJN
- Fallos 321:1689CSJN
- Pérez Figueroa, Eduardo y Weisgerber, Roberto s/ presunta infracción art. 174, inc. 5° C.P.CSJN · 02/04/1998
- Daponte, Jorge Luis s/ falsedad ideológica - incidente de nulidad de ampliación indagatoria y notificaciónCSJN · 27/02/2001
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