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P., E. L. c/ B., C. M. Y OTRO s/CUMPLIMIENTO DE CONTRATO

La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia de primera instancia y condenó a las demandadas a realizar los actos necesarios para cumplir con el compromiso asumido en las cesiones de derechos.

Ejecucion de sentencia Sucesion Obligacion de hacer Herencia Cesion de derechos

El actor, E. L. P., demandó a C. M. B. y M. d. l. Á. G. (herederas de M. R. B.) por cumplimiento de contrato. El juez de primera instancia hizo lugar a la demanda y condenó a las demandadas a inscribir la declaratoria de herederos y otorgar la escritura traslativa de dominio. La Cámara de Apelaciones modificó la sentencia. Si bien consideró válidas las cesiones de derechos realizadas por el causante a favor del actor, entendió que no correspondía ordenar a las herederas que inscriban la declaratoria, dado que ello corresponde a la esfera de decisión de la provincia licitante. No obstante, se las condenó a realizar todos los actos que de ellas dependan en 60 días para cumplir con el compromiso asumido en las cesiones, junto con las sanciones que correspondan.

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