RENAULT ARGENTINA S.A. c/ DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA s/
Renault Argentina S.A. promovió recurso contra la Dirección General Impositiva tras el desistimiento de la pretensión fiscal, con el reclamo en discusión limitado a la imposición de costas. La Corte Suprema confirmó lo resuelto por la Cámara, que había impuesto las costas al organismo recaudador por aplicación del principio objetivo de la derrota, con la disidencia del Dr. Boggiano, quien propuso imponerlas por su orden.
¿Quién es el actor?
Renault Argentina S.A. (TF 13215-I).
¿A quién se demanda?
Dirección General Impositiva (D.G.I.).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Impugnación de la resolución de la D.G.I. que determinó impuesto, su actualización e intereses, y aplicó multa.
¿Qué se resolvió?
La Corte Suprema, por mayoría, confirmó el pronunciamiento apelado en cuanto fue materia de agravios, esto es, la imposición de costas a la D.G.I. (vencida) en todas las instancias. El Dr. Boggiano votó en disidencia por revocar la sentencia apelada e imponer las costas por su orden.
Antecedentes: El Tribunal Fiscal de la Nación confirmó la determinación impositiva y revocó la multa. Luego la D.G.I., siguiendo la doctrina de los fallos "Autolatina", "Sevel" y "Scania", desistió de la pretensión fiscal y pidió que las costas se distribuyeran en el orden causado. La Sala V de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal admitió el desistimiento, revocó la sentencia de grado, dejó sin efecto la resolución impugnada e impuso las costas a la D.G.I. con fundamento en el art. 166 de la ley 11.683 (texto según decreto 1684/93) y en el principio objetivo de la derrota.
Agravios del recurrente: La D.G.I. sostuvo que las costas de todas las instancias debían imponerse por su orden.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La mayoría remitió, "por motivos de brevedad", a los fundamentos de la sentencia dictada el 31 de marzo de 1999 en la causa A.113.XXXIV "Autolatina Arg. S.A. (T.F. 14348-I) c/ D.G.I.". Por su parte, la disidencia del Dr. Boggiano remitió a sus propios fundamentos en dicha causa.
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Normas que cita
- Ley 11.683art. 166 · Procedimiento fiscal
- Decreto 1684/93art. 166
- Decreto-ley 1285/58art. 24 inc. 6° ap. a
- Resolución 1360/91
Fallos que cita
- AutolatinaCSJN · 27/12/1996 · Fallos 319:3208
- SevelCSJN · 27/12/1996
- ScaniaCSJN · 27/12/1996
- Autolatina Arg. S.A. (T.F. 14348-I) c/ D.G.I.CSJN · 31/03/1999
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