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P., S. M. A. c/ C., K. M. s/COBRO DE HONORARIOS PROFESIONALES

La abogada demandó al cliente por cobro de honorarios profesionales. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó la sentencia que hizo lugar a la demanda y condenó al cliente al pago del saldo adeudado.

La letrada S. M. A. P. demandó a K. M. C. por cobro de honorarios profesionales. El juez de primera instancia hizo lugar a la demanda y condenó a la demandada al pago de U$S 2.600, más intereses y costas, teniendo en cuenta que la demandada había admitido la deuda en un correo electrónico. La demandada apeló la sentencia. La Cámara de Apelaciones confirmó la decisión del juez de grado. Consideró que el correo electrónico en el que la demandada reconocía adeudar la suma reclamada constituía un reconocimiento de deuda válido que acreditaba la existencia de la obligación. Señaló que correspondía a la demandada la carga de probar la inexistencia de la obligación o la ineficacia del reconocimiento, lo cual no había hecho. Respecto a los agravios sobre la moneda de pago, los intereses y las costas, la Cámara los desestimó, considerando que el ordenamiento jurídico admite el pago en moneda extranjera y que los intereses y costas eran procedentes.

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