LAMAS ADRIAN EUGENIO c/ MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL DE LA NACION - ESTADO NACIONAL Y OTRO s/RECURSO
Un recurso de queja interpuesto por el Estado Nacional contra una sentencia de la Provincia de Jujuy en un reclamo laboral vinculado al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. La Corte Suprema hizo lugar a la queja, declaró procedente el recurso extraordinario, dejó sin efecto el pronunciamiento local y ordenó dictar uno nuevo, por remisión a lo resuelto en la causa Cote Ferrante.
¿Quién es el actor?
Adrián Eugenio Lamas.
¿A quién se demanda?
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de la Nación - Estado Nacional.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
DESCONOCIDO (el texto no lo especifica).
¿Qué se resolvió?
La Corte Suprema hizo lugar a la queja, declaró procedente el recurso extraordinario federal y dejó sin efecto la sentencia de fs. 63/65 del expediente principal. Ordenó que el tribunal de origen dicte un nuevo pronunciamiento conforme a lo resuelto. Las costas se impusieron en el orden causado con la condena al recurrente. Se eximió a la recurrente del depósito previsto por el art. 286 del CPCCN.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que las cuestiones planteadas por el recurrente son sustancialmente análogas a las examinadas por esta Corte en la causa C.3426.XL. 'Cote Ferrante, Mary y otros c/ Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de la Nación - Estado Nacional', sentencia pronunciada en la fecha, a la que corresponde remitir por razones de brevedad."
"Por ello, de conformidad con lo dictaminado a fs. 87, se hace lugar a la queja, se declara procedente el recurso extraordinario y se deja sin efecto el pronunciamiento de fs. 63/65 de los autos principales."
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Normas que cita
- CPCCNart. 286 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
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