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BAYA CASAL, JUAN ANTONIO c/ CENTRO DE EDUCACION MEDICA E INVESTIG. CLINICAS N. QUIRNO s/DAÑOS Y PERJUICIOS

El actor promovió demanda por daños y perjuicios derivados del incumplimiento de un contrato de medicina prepaga atribuido a la demandada. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia y aumentó los montos indemnizatorios por daño moral.

Dano moral Obligacion de seguridad Medicina prepaga Derecho a la salud Contrato de consumo


¿Quién es el actor?

Juan Antonio Baya Casal

¿A quién se demanda?

Centro de Educación Médica e Investigaciones Clínicas Norberto Quirno (CEMIC)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo de daños y perjuicios por incumplimiento contractual en el servicio de medicina prepaga

¿Qué se resolvió?

Se condena a CEMIC a pagar al actor $819.979,52, comprendiendo $305.987,67 por daño emergente, $130.000 por daño moral y $413.991,85 en concepto de intereses.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El contrato de medicina prepaga tiene obligaciones de seguridad accesoria a las principales, que obligan a la empresa a brindar atención aun fuera de su red de prestadores.
- Ante la urgencia y gravedad del cuadro de salud del actor, CEMIC debía haber arbitrado los medios para garantizar su atención, incluyendo el traslado a Buenos Aires.
- Las normas protectoras de los consumidores imponen la interpretación más favorable al usuario, priorizando el derecho a la salud.
- El incumplimiento contractual de CEMIC genera daño moral resarcible, dado el desgaste emocional y angustia padecidos por el actor.

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