P., A. A. c/ R. D. R., J. O. **577** Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC. TRAN. SIN LESIONES )
El actor promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil anuló la sentencia de primera instancia al considerar que el juez omitió pronunciarse sobre el daño reclamado.
Indemnización por daños materiales, morales y privación de uso como consecuencia de un accidente de tránsito.
¿Qué se resolvió?
La Cámara anuló la sentencia de primera instancia por considerar que el juez omitió pronunciarse sobre el daño reclamado, lo cual configura un vicio no subsanable en apelación. Se ordena remitir las actuaciones a un nuevo juzgado para que dicte sentencia considerando la totalidad de las pretensiones.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La congruencia procesal exige que el juez se pronuncie sobre todas las pretensiones planteadas. Al omitir el análisis del daño, el juez incurrió en una omisión trascendente que vicia la sentencia y obliga a su nulidad.
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