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C. C. Y OTRO c/ O. P. G. s/FILIACION

El actor promovió demanda por reclamación de filiación extramatrimonial. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia y elevó el monto indemnizatorio por daño moral.

Dano moral Responsabilidad civil Filiacion Prueba de adn Apellido Reconocimiento


¿Quién es el actor?

C. C. y otro

¿A quién se demanda?

O. P. G.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamación de filiación extramatrimonial y daño moral

¿Qué se resolvió?

La Cámara admitió la acción de reclamación de filiación y modificó la indemnización por daño moral, aumentándola a $ 70.000.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El artículo 587 del Código Civil y Comercial admite expresamente la reparación civil del daño causado al hijo por la falta de reconocimiento.
- El emplazado conocía de la existencia del hijo pero no lo reconoció voluntariamente, a pesar de las pruebas de ADN que lo confirmaban como padre.
- La omisión del reconocimiento voluntario generó un menoscabo espiritual al niño, que no pudo contar con el apellido paterno y ser considerado hijo del demandado.
- El juez debe ponderar el daño moral en abstracto, evaluando objetivamente el estado de ánimo de la víctima.

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