MARTINEZ CHASSARE GONZALO ANGEL c/ CUSCUELA JORGE ANTONIO s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
El actor promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó la sentencia que rechazó la demanda, al considerar que el demandante actuó con imprudencia al no verificar si tenía expedito el paso al cruzar la intersección.
Daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó el rechazo de la demanda, al considerar que el actor violó las normas de tránsito al no verificar si tenía expedito el paso al cruzar la intersección, lo que constituyó una imprudencia que rompió el nexo causal.
Fundamentos principales:
- El tribunal tiene facultades para valorar integralmente la prueba, independientemente de la decisión previa en la causa penal.
- En los choques entre vehículos en movimiento se aplica el art. 1113 del Código Civil sobre responsabilidad por riesgo o vicio de las cosas, invirtiéndose la carga de la prueba.
- Para el funcionamiento del derecho preferencial de paso, es necesario que ambos rodados aparezcan al mismo tiempo, no cuando uno ya ha iniciado el cruce con anterioridad.
- El peritaje mecánico y las fotografías demuestran que la motocicleta del actor impactó en el guardabarros delantero derecho de la camioneta del demandado, lo que indica que este último llegó primero a la intersección.
- Los testigos de referencia no aportan elementos para acreditar la versión del actor.
- La imprudencia del actor al no verificar si tenía expedito el paso y continuar su marcha rompió el nexo causal, eximiendo de responsabilidad al demandado.
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