JurisprudenciaARG
Corte Suprema

VOLOSCHIN LUIS J. c/ PEN s/AMPARO

Luis J. Voloschin promovió amparo contra el Estado Nacional por una cuestión de ajuste de sus haberes. La Corte Suprema declaró procedentes los recursos extraordinarios interpuestos por el Estado Nacional y el BBVA Banco Francés y revocó la sentencia apelada, devolviendo los autos para que se dicte un nuevo fallo.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
V. 112. XL. REX
Amparo Recursos extraordinarios Revocacion Dictamen del procurador general Costas por su orden Comunicacion a 3398 bcra Bbva banco frances Estado nacional Cuestion novedosa y compleja Remision a dictamen

¿Quién es el actor?

Luis J. Voloschin.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional (P.E.N.) y, en los recursos extraordinarios, también BBVA Banco Francés S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

amparo promovido por el actor (el dictamen del Procurador General, al que remite la Corte, versa sobre la cuestión de fondo planteada en el amparo).

¿Qué se resolvió?

se declaran procedentes los recursos extraordinarios del Estado Nacional y, parcialmente, los del BBVA Banco Francés; se revoca la sentencia apelada con los alcances del dictamen del Procurador General y, en lo referido a la Comunicación "A" 3398 del BCRA, se rechazan los agravios del banco. Costas por su orden por la novedad y complejidad de la cuestión. Se devuelven los autos al tribunal de origen para que dicte un nuevo fallo.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Mayoría (Lorenzetti, Fayt, Maqueda, Zaffaroni, Argibay): "Que las cuestiones planteadas en el sub lite han sido adecuadamente examinadas en el dictamen del señor Procurador General, cuyos fundamentos son compartidos por el Tribunal y a los que corresponde remitirse por razones de brevedad, con exclusión de las citas de las causas 'Bustos' y 'Pérsico'."

¿Cómo votaron los jueces?

"Que este Tribunal comparte los fundamentos y conclusiones expuestos por el señor Procurador General en los Capítulos III y IV de su dictamen, a los que corresponde remitirse por razones de brevedad, con exclusión de las citas de las causas 'Bustos' y 'Pérsico'. Que, en cambio, deben rechazarse los agravios formulados por el BBVA Banco Francés S.A. en cuanto a la pretendida aplicación al caso de la Comunicación 'A' 3398 del Banco Central de la República Argentina, por los fundamentos expuestos en la causa 'Agüero' (Fallos: 332:1039), disidencia de los jueces Elena I. Highton de Nolasco y E. Raúl Zaffaroni."

Costas: "Costas por su orden en atención a lo novedoso y complejo de la cuestión planteada."

Fallos que cita

  • BustosCSJN
  • PérsicoCSJN
  • AgüeroCSJN · Fallos 332:1039

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