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Corte Suprema

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS c/ CONAR SA s/EJECUCION FISCAL

La Corte Suprema declaró procedentes los recursos extraordinarios interpuestos por la AFIP en distintas ejecuciones fiscales y confirmó parcialmente las sentencias apeladas, remitiéndose al criterio fijado en el precedente Intercorp S.R.L., con los alcances y la salvedad allí indicados. Las costas se impusieron por su orden en razón de la complejidad de la cuestión.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
A. 1678. XLI. REX
Ejecucion fiscal Afip Dgi Recurso extraordinario Sociedad de hecho Confirmacion parcial Precedente intercorp Costas por su orden Deuda tributaria Competencia tributaria

¿Quién es el actor?

Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP - DGI).

¿A quién se demanda?

Emilio Hoss y Jorge Hoss, como sociedad de hecho, y otros codemandados en el conjunto de causas acumuladas (Alasia, Paolucci, Piazza y Karlen S.H., Hogar de Ancianos Monte Maíz, Domínguez, Los Obreros S.R.L., Nicola, Lacase, Pellegrino, Campero, Conar S.A., Sanatorio y Clínica San Justo S.R.L., Saldaño, Santi, Uno S.A., Sans Souci S.A., Melano, Automotores Milán S.A., Idem S.A., Ravera, Haedo, Transportadora Alta Gracia Satag S.A., Las Higuerillas S.R.L., Cámara y Guidre, Cooperativa Lechera de Alicia Ltda.).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

cobro de deudas tributarias mediante juicios de ejecución fiscal.

¿Qué se resolvió?

se declararon procedentes los recursos extraordinarios y se confirmaron parcialmente las sentencias apeladas, con los alcances y la salvedad del precedente "Intercorp S.R.L." (A.910.XXXVII, sentencia del 15/06/2010), al que la Corte se remite por razones de brevedad. Costas por su orden. Se devolvieron los autos al tribunal a quo para que proceda conforme a lo decidido.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

la Corte expresa que resulta aplicable a estos autos el criterio establecido en "Intercorp S.R.L.", cuyos fundamentos y conclusiones se dan por reproducidos en lo pertinente. Los jueces Highton de Nolasco, Petracchi y Argibay se remiten a sus disidencias emitidas en ese precedente, por lo que no adhieren a la solución mayoritaria. La sentencia no desarrolla fundamentos propios; la motivación sustancial se encuentra en el precedente citado, que no integra el presente texto.

Fallos que cita

  • Intercorp S.R.L.CSJN · 15/06/2010

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