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G. G. N. c/ EMPRESA PULLMAN GENERAL BELGRANO S.R.L. Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

La actora promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó parcialmente la sentencia, aumentando los montos indemnizatorios por incapacidad sobreviniente y daño moral.

Accidente de transito Incapacidad sobreviniente Dano moral Intereses Danos y perjuicios Franquicia de seguro

Daños y perjuicios por accidente de tránsito

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar parcialmente a la demanda, aumentando los montos indemnizatorios por incapacidad sobreviniente (de $220.000 a $300.000) y daño moral (de $45.000 a $90.000). Se declaró oponible la franquicia del seguro a la víctima.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El daño psíquico supone una perturbación patológica de la personalidad que altera el equilibrio básico de la víctima y trasciende en su vida individual y de relación.
- La actora sufrió graves lesiones físicas y psíquicas que afectaron su capacidad productiva y de relación, por lo que corresponde una indemnización mayor.
- La franquicia del seguro es oponible a la víctima de acuerdo a la doctrina del fallo plenario "Obarrio".
- Los intereses se aplicarán conforme a la tasa activa, con excepción del tratamiento psicológico que devengará intereses desde el accidente.

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