JurisprudenciaARG
Corte Suprema

PIETRASANTA ELISEO CARLOS c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La Corte Suprema extendió a períodos posteriores el criterio de movilidad del precedente Badaro y revocó parcialmente la sentencia apelada en el reajuste previsional de Eliseo Carlos Pietrasanta contra la ANSeS. Los restantes agravios de la ANSeS fueron declarados inadmisibles por aplicación del art. 280 del CPCCN.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
P. 124. XLVI. REX
Movilidad previsional Precedente badaro Precedente cirillo Reajuste de haberes Anses Recurso extraordinario Art. 280 cpccn Inadmisibilidad Haber jubilatorio Actualizacion previsional.

¿Quién es el actor?

Eliseo Carlos Pietrasanta.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajustes varios del haber previsional.

¿Qué se resolvió?

revocar parcialmente la sentencia apelada, con el alcance que surge del precedente "Cirillo" (Fallos: 332:1304).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que la cuestión que se plantea en autos relacionada con la extensión del criterio de movilidad del precedente 'Badaro' (Fallos: 329:3089 y 330:4866) a períodos posteriores al examinado en dicha causa, ha sido resuelta por el Tribunal en el antecedente 'Cirillo' (Fallos: 332:1304), a cuyas consideraciones corresponde remitir, en lo pertinente, por razón de brevedad." "Que los restantes agravios de la ANSeS son inadmisibles (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)."

Normas que cita

  • CPCCNart. 280 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Fallos que cita

  • BadaroCSJN · Fallos 329:3089
  • BadaroCSJN · Fallos 330:4866
  • CirilloCSJN · Fallos 332:1304

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