BRETON RAUL RICARDO SANTIAGO c/ DOSCIENTOS OCHO TRANSPORTE AUTOMOTOR SA DE TTE AUTOMOTO Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
El actor promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia y aumentó los montos indemnizatorios por incapacidad sobreviniente y daño moral.
¿Quién es el actor?
Raúl Ricardo Santiago Bretón
- Demandados: Transportes Lope de Vega S.A. Comercial e Industrial, Doscientos Ocho Transporte Automotor S.A. de Transporte Automotor (D.O.T.A.), César Ramón Barroso y Argos Mutual de Seguros del Transporte Público de Pasajeros
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamo por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito ocurrido el 9 de junio de 2009.
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, estableciendo una distribución de responsabilidad del 70% para el actor y 30% para los demandados. Aumentó los montos indemnizatorios por incapacidad psicofísica a $1.500.000 (correspondiendo $450.000 a los demandados) y por daño moral a $1.100.000 (correspondiendo $330.000 a los demandados). Confirmó los demás rubros.
Fundamentos relevantes:
- La Cámara aplicó la presunción de responsabilidad del art. 1113 Código Civil por tratarse de un accidente con un vehículo de mayor porte (colectivo).
- Si bien el motociclista no respetó la prioridad de paso, el conductor del colectivo también obró con negligencia al no poder evitar el impacto.
- La incapacidad psicofísica fue cuantificada en un 62,20% y el daño moral consideró las secuelas físicas y estéticas.
- Los gastos fueron presumidos razonables dado el tipo de lesiones.
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