V. G. R. c/ V. P. S. s/FIJACION Y/O COBRO DE VALOR LOCATIVO
Demanda por cobro de valor locativo de comunera excluida. La Cámara modifica el monto indemnizatorio fijado en primera instancia.
Cobro de valor locativo por ocupación exclusiva del bien común.
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de primera instancia, fijando la reparación en $23.000 más intereses, y una cuota mensual de $1.000 mientras se mantenga la ocupación.
Los fundamentos principales fueron:
- El comunero que ocupa exclusivamente el bien común debe indemnizar a los restantes comuneros por ese uso.
- La indemnización procede a partir de la comunicación fehaciente de la voluntad de reclamar. Previo a ello se presume el asentimiento.
- Para determinar el monto, el tribunal tiene amplia libertad para ponderar el dictamen pericial, considerando las condiciones reales del inmueble.
- No se acreditó que las deficiencias edilicias señaladas por el perito fueran ocasionadas por la ocupante, ni que deban presumirse a su cargo los gastos de conservación y reparación.
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