JurisprudenciaARG
Corte Suprema

Acosta, Daniel y otros c/ EN - Mº Justicia - GN - dto 1078/84 s/personal militar y civil de las ffaa y de seg

La Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró admisibles los recursos extraordinarios interpuestos por el personal militar y civil de las Fuerzas Armadas y de Seguridad contra el Estado Nacional en reclamos vinculados al Decreto 1078/84. La Corte confirmó las sentencias apeladas, remitiendo por razones de brevedad al precedente Zito de la misma Corte.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
A. 522. XLIX. REX
Decreto 1078/84 Personal militar y civil Fuerzas armadas Fuerzas de seguridad Recurso extraordinario Remision a precedente Caso zito Estado nacional Costas por su orden Regimen de personal.

¿Quién es el actor?

Daniel Acosta y otros, junto con los demás personal militar y civil de las FFAA y de Seguridad agrupados en la causa (Alegre, Almazán, Brítez, Camacho, Cano, Cardozo, Castañón, Delgadillo, Jofre, Leiva, López, Lugo, Montes Pita, Pey, Rocha, Samuel, Solís, Sotomayor).

¿A quién se demanda?

Estado Nacional (Ministerio de Justicia, Ministerio de Defensa y otros organismos según cada causa).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reclamos relativos al régimen de personal militar y civil de las Fuerzas Armadas y de Seguridad, en el marco del Decreto 1078/84 (y, en algunos casos, el Decreto 1056/08 y la Ley 23.041).

¿Qué se resolvió?

la Corte declaró admisibles los recursos extraordinarios y confirmó las sentencias apeladas, sin costas por su orden en atención a la naturaleza de la cuestión debatida.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que las cuestiones planteadas por la parte actora en estos recursos, recibe adecuada respuesta en el precedente de esta Corte Z.145.XLVII 'Zito, José Mario c/ EN MO de Defensa -EMGE- dto. 1056/08 s/ Personal Militar y Civil de las FFAA y de Seg.', fallado el 8 de abril de 2014, a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir, por razones de brevedad." No se transcriben otros considerandos, ya que la decisión se fundamenta por remisión al precedente citado.

Normas que cita

Fallos que cita

  • Zito, José Mario c/ EN MO de Defensa -EMGE-CSJN · 08/04/2014

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.