JurisprudenciaARG
Corte Suprema

Ford Argentina SCA (TF 27570-A) c/ DGA s/

La Corte Suprema declaró formalmente procedente el recurso extraordinario interpuesto por la Dirección General de Aduanas y revocó la sentencia que había confirmado el ajuste sobre el valor en aduana de piezas y accesorios importados por Ford Argentina SCA. El Tribunal sostuvo que la condonación posterior del canon, realizada después del registro de las solicitudes de importación, carece de incidencia sobre la valoración aduanera.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
F. 750. XLVIII. REX
Valor en aduana Canon Licencia de patentes Condonacion posterior Hecho imponible Art. 637 codigo aduanero Registro de destinacion Importacion para consumo Ford argentina Direccion general de aduanas

Actor (recurrente): Dirección General de Aduanas (en el recurso extraordinario). La contraparte y parte actora en el proceso previo es Ford Argentina SCA (TF 27.570-A).

¿A quién se demanda?

Dirección General de Aduanas, como parte demandada en el proceso ante el Tribunal Fiscal de la Nación.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

ajuste del valor en aduana de partes, piezas y accesorios importados por Ford Argentina SCA para la fabricación de automóviles y camiones, en relación con un canon o licencia del 2% que la empresa local se había comprometido a abonar a Ford Motor Company (EE.UU.) por asistencia, servicios técnicos y autorización de uso de patentes.

¿Qué se resolvió?

la Corte Suprema declaró formalmente procedente el recurso extraordinario y revocó la sentencia apelada, con costas, ordenando devolver los autos al tribunal de origen para que dicte un nuevo pronunciamiento conforme a lo resuelto.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Las cuestiones planteadas son sustancialmente análogas a las examinadas por esta Corte en la causa F.28.XLVII. 'Ford Argentina SCA (TF 21.950-A) c/ Dirección General de Aduanas', sentencia del 28 de mayo de 2013, a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir, en lo pertinente, en razón de brevedad."

"A los fines de determinar el valor en aduana de las partes, piezas y accesorios importados por la actora para la fabricación de automóviles y camiones, correspondía computar la proporción del porcentaje del canon o licencia (2%) que la empresa local se había comprometido a abonar a Ford Motor Company de los Estados Unidos de América por la asistencia, servicios técnicos y la autorización de uso de patentes."

"La circunstancia de que en el caso en examen Ford Argentina SCA haya sido eximida por Ford Motor Company de los Estados Unidos de América del pago del referido canon -que motivó el ajuste discutido en estos autos- no obsta a la aplicación del criterio establecido en el citado precedente."

"El art. 637 del Código Aduanero establece reglas para determinar la norma arancelaria aplicable a la mercadería importada para consumo de modo regular... la norma arancelaria vigente al momento de cada uno de dichos supuestos será la que indique el derecho aplicable."

"De acuerdo con las citadas normas (en particular el art. 637, inc. b), cabe concluir que en el sub examine debe estarse a la fecha del registro de las solicitudes de destinación de importación -lo que tuvo lugar entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2001- para determinar el régimen tributario, la alícuota, la base imponible y el tipo de cambio aplicable. El acuerdo de condonación y renuncia celebrado por la actora y su controlante fue celebrado posteriormente, el 17 de diciembre de 2002."

"La aludida condonación del canon pactado, realizada después del registro de las solicitudes de importación, carece de toda incidencia sobre la valoración aduanera, en atención a que la ley tiene por perfeccionado el hecho imponible y fijada la base en la fecha en que se realiza aquel registro."

Normas que cita

Fallos que cita

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.