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Corte Suprema

Nudenberg, Isaac L. c/ Estado Nacional s/acción meramente declarativa de inconstitucionalidad

La Corte Suprema revocó la sentencia que había admitido la acción meramente declarativa de inconstitucionalidad promovida por Isaac Nudenberg contra el Estado Nacional por el diferimiento de pagos de bonos dispuesto por la ley 25.827. El Tribunal rechazó la demanda por aplicación del precedente Paganini al caso, al haberse acreditado la tenencia de los títulos con posterioridad a las fechas exigidas para las excepciones.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
N. 100. L. REX
Diferimiento de pagos Ley 25.827 Bonos publicos Accion meramente declarativa Inconstitucionalidad Excepciones por edad y salud Tenencia de titulos Precedente paganini Estado nacional Costas por su orden

¿Quién es el actor?

Isaac L. Nudenberg.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional (Ministerio de Economía y Finanzas Públicas).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

acción meramente declarativa de inconstitucionalidad respecto del régimen de diferimiento de pagos de títulos públicos establecido por la ley 25.827, para el caso de un tenedor incluido en las excepciones por edad o salud.

¿Qué se resolvió?

la Corte declaró formalmente procedente el recurso extraordinario, revocó la sentencia apelada y rechazó la demanda, con costas por su orden en atención a la complejidad de las cuestiones.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"toda vez que la tenencia de los títulos sobre los que versa esta causa fue acreditada en la Caja de Valores sólo el 19 de marzo de 2004 (conf. fs. 163); es decir, con posterioridad al 31 de diciembre de 2001 -requisito establecido para los exceptuados del diferimiento de pago en razón de la edad (conf. art. 60, inc. d, punto 1, de la ley 25.827)-, y al 30 de abril de 2002 -según el recaudo establecido para las excepciones por motivos de salud (conf. art. 60, inc. d, punto II, de la citada ley 25.827)-, resulta aplicable en el sub examine el criterio establecido por el Tribunal al decidir la causa 'Paganini María y otro c/ PEN -ley 25.561- dto. 214/02 y dto. 1735/04' (Fallos: 333:847), a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitirse, en lo pertinente, por razones de brevedad."

No se registran votos en disidencia en el texto transcripto.

Normas que cita

  • Ley 25.827arts. 60 inc. d, puntos I y II · Presupuesto general de la administracion nacional
  • Ley 25.561Emergencia publica y reforma del regimen cambiario
  • Decreto 214
  • Decreto 1735

Fallos que cita

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