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Corte Suprema

DEMANDADO: MINISTERIO DE ECONOMIA DE LA NACION PODER EJECUTIVO DE LA NACION s/ACCIONES REALES reivindicatoria-confesoria-posesoria ACTOR: RODRIGUEZ RUFINO, VALENTIN

La Corte Suprema declaró procedente el recurso extraordinario interpuesto por el Estado Nacional en una acción de inconstitucionalidad promovida por un particular contra normas económicas. Remitió a los fundamentos del precedente Tonelli y revocó la sentencia apelada.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
FMZ 081194295/2011/CS001
Accion de inconstitucionalidad Emergencia economica Ley 25.561 Decretos 1570/01 y 214/02 Recurso extraordinario Remision a precedente tonelli Actualizacion de creditos Pesificacion Estado nacional.

¿Quién es el actor?

Rufino Valentín Rodríguez (continuada por su sucesión, representada por Marcela Clara Rodríguez Agüero).

¿A quién se demanda?

Ministerio de Economía de la Nación y Poder Ejecutivo de la Nación.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

acción de inconstitucionalidad contra normas de emergencia económica.

¿Qué se resolvió?

la Corte declaró formalmente procedente el recurso extraordinario y revocó la sentencia apelada, aplicando el criterio fijado en "Tonelli, Pablo Gabriel y otro c/ PEN - ley 25.561 - dtos. 1570/01 214/02 s/ amparo sobre ley 25.561" (sentencia del 7/9/2010), a cuyos fundamentos remitió por razones de brevedad. Costas por su orden en razón de la complejidad de las cuestiones planteadas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

el fallo no desarrolla argumentos propios; su fundamento consiste en la remisión expresa al precedente "Tonelli", por resultar aplicable el criterio allí establecido. Textualmente: "Que resulta aplicable en el sub examine el criterio establecido por el Tribunal al decidir la causa T.186.XLIV. 'Tonelli, Pablo Gabriel y otro c/ PEN -ley 25.561 - dtos. 1570/01 214/02 s/ amparo sobre ley 25.561', sentencia de 7 de septiembre de 2010, a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitirse, en lo pertinente, por razones de brevedad."

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