L.E.H. Y OTROS c/ O.S.E.P. s/AMPARO
La Corte Suprema de Justicia de la Nación corrigió un error material de su sentencia anterior que había declarado perdido el depósito de fs. 2, pese a haber hecho lugar a la queja. El tribunal dejó sin efecto esa decisión en cuanto al destino del depósito y ordenó su devolución al interesado.
¿Quién es el actor?
E. H. L.
¿A quién se demanda?
O.S.E.Psi (Obra Social de Psicólogos)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Amparo.
¿Qué se resolvió?
Se deja sin efecto lo decidido a fs. 77/80 vta. en cuanto al destino del depósito de fs. 2 y se ordena su devolución al interesado, por haberse incurrido en un error material al declarar perdido dicho depósito pese a haberse hecho lugar a la queja.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que el Tribunal advierte que en la parte resolutiva de la sentencia de fs. 77/80 vta. se ha incurrido en un error material al declararse perdido el depósito de fs. 2 pese a haberse hecho lugar a la queja, por lo que corresponde subsanarlo."
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