JurisprudenciaARG
Corte Suprema

López Mujíca, Héctor Jorge c/ ESTADO NACIONAL - M DEFENSA Y ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJERCITO ARGENTINO E IAF s/ordinario

Los actores, miembros del Ejército y de las Fuerzas de Seguridad, reclamaron en sede ordinaria cuestiones salariales vinculadas a la incorporación de adicionales con carácter remunerativo. La Corte Suprema hizo lugar a las quejas, declaró admisibles los recursos extraordinarios y revocó las decisiones apeladas, remitiendo por razón de brevedad a los fundamentos de la causa Claro, Miguel Ángel c/ Estado Nacional.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
L. 331. L. RHE
Recurso de queja Recurso extraordinario Adicionales remunerativos Personal militar Fuerzas de seguridad Gendarmeria nacional Resolucion 2769/93 Inconstitucionalidad Remision a precedente claro Costas.

¿Quién es el actor?

Héctor Jorge López Mujica (causa CSJ 331/2014) y Raúl Roque Castillo y otro (causa CSJ 708/2014).

¿A quién se demanda?

Estado Nacional, Ministerio de Defensa, Estado Mayor General del Ejército Argentino (en la causa López Mujica) y Estado Nacional, Ministerio de Seguridad de la Nación, Gendarmería Nacional (en la causa Castillo).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

en la causa Castillo, incorporación de adicionales con carácter remunerativo (Resolución 2769/93) y declaración de inconstitucionalidad; en la causa López Mujica, reclamo ordinario de naturaleza salarial (el texto transcripto no detalla el objeto).

¿Qué se resolvió?

se hace lugar a las quejas, se declaran admisibles los recursos extraordinarios y se revocan las decisiones apeladas, con costas, y exención del depósito del art. 286 del CPCCN.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Los planteos de la recurrente remiten al examen de cuestiones sustancialmente análogas a las resueltas por esta Corte en la causa C.59.XLIX. 'Claro, Miguel Ángel c/ Estado Nacional s/ apelación medida cautelar', sentencia del 19 de marzo de 2014, a cuyas consideraciones y conclusiones, en lo pertinente, corresponde remitir por razón de brevedad." El fallo no desarrolla fundamentos propios, por lo que la decisión se apoya íntegramente en el precedente citado.

Normas que cita

Fallos que cita

  • Claro, Miguel Ángel c/ Estado Nacional s/ apelación medida cautelarCSJN · 19/03/2014

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