BARRERA ENRIQUE JOSE Y OTROS c/ CENTRO MEDICO NEUROPSIQUIATRICO SA SANATORIO SAN GABRIE Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS
Se modifica parcialmente la sentencia de primera instancia y se aumentan los montos indemnizatorios por valor de vida, daño moral y daño psicológico reclamados por los actores.
Indemnización por daños y perjuicios derivados del suicidio de Sergio Ezequiel Barrera mientras se encontraba internado en el Centro Médico Neuropsiquiátrico.
¿Qué se resolvió?
Se modifica parcialmente la sentencia de primera instancia, aumentando los montos indemnizatorios por valor de vida, daño moral y daño psicológico. Se deja sin efecto el plazo de cumplimiento de la condena y se dispone que se ajuste al procedimiento de la Ley 23.982. Se revoca el rubro de daño moral a favor de las hermanas del fallecido.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La clínica demandada tenía la obligación de custodia y seguridad del paciente internado, que incumplió al permitir que se quitara la vida.
- La concubina y la hija tienen legitimación para reclamar daño moral, declarándose la inconstitucionalidad de la limitación del art. 1078 CC.
- Se confirma la procedencia de los rubros de valor vida, daño moral y daño psicológico, modificando los montos fijados.
- Se aplica la tasa de interés activa y se deja sin efecto el plazo de cumplimiento fijado, debiendo ajustarse al procedimiento de la Ley 23.982.
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