JurisprudenciaARG
Corte Suprema

CORDOBA, JUAN CARLOS Y OTROS c/ ESTADO NACIONAL s/SUPLEMENTOS FUERZAS ARMADAS Y DE SEGURIDAD

La Corte Suprema declaró formalmente admisibles los recursos extraordinarios interpuestos por el Estado Nacional en reclamos de suplementos de las Fuerzas Armadas y de Seguridad y confirmó las sentencias apeladas, remitiendo a los fundamentos del precedente Sosa, Carla Elizabeth y otros, dictado el 21 de mayo de 2019. Las cuestiones planteadas guardaban sustancial analogía con las resueltas en ese caso.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
FRO 014258/2016/CS001
Suplementos Fuerzas armadas Fuerzas de seguridad Personal militar Recurso extraordinario Confirmacion Remision a precedente Sosa Estado nacional Ministerio de defensa

¿Quién es el actor?

Juan Carlos Córdoba y otros; Roberto Aníbal Rodríguez y otros; Carlos Gilberto Villa y otros; César Domingo González y otros; Juan Carlos Quinteros; Raúl Orlando Menón y otros; Carlos Alberto Adamo y otro; Pablo Ismael Leguizamo y otros (personal de las Fuerzas Armadas y de Seguridad).

¿A quién se demanda?

Estado Nacional - Ministerio de Defensa (y en algún caso Ministerio de Defensa y/o Estado Nacional).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reclamo de suplementos previstos para el personal de las Fuerzas Armadas y de Seguridad.

¿Qué se resolvió?

se declararon formalmente admisibles los recursos extraordinarios y se confirmaron las sentencias apeladas en lo que fue materia de agravio, con los alcances que surgen del precedente "Sosa, Carla Elizabeth y otros c/ EN - M Defensa - Ejército s/ Personal Militar y Civil de las FFAA y de Seg." (CAP 46478/2013/1/RH1), sentencia del 21 de mayo de 2019, con costas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

la Corte señaló que las cuestiones planteadas guardan "sustancial analogía con las debatidas y resueltas por esta Corte" en la causa "Sosa", a cuyos fundamentos remitió "por razones de brevedad". El juez Rosenkrantz remitió asimismo a su voto en esa causa. No se transcriben argumentos propios adicionales en esta sentencia.

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.