P., H. A. c/ S. S., M. S. s/DAÑOS Y PERJUICIOS
El actor promovió demanda por cobro de honorarios por servicios profesionales. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil revocó la sentencia y condenó a la demandada a abonar un honorario reducido.
Cobro de honorarios por servicios profesionales relacionados con la subdivisión de un campo en condominio.
- Decisión: La Cámara revocó la sentencia de primera instancia que había declarado nulo el acuerdo de honorarios. Consideró que no se acreditó la falta de discernimiento de la demandada al momento de suscribir el acuerdo, ni que el honorario pactado fuera desproporcionado. Sin embargo, entendió que el letrado no tiene derecho a cobrar la totalidad del monto acordado, sino que debe fijarse una retribución en función de los trabajos efectivamente realizados, aplicando las pautas de la ley 21.839.
Fundamentos principales:
- "La relación entre cliente y abogado está caracterizada por un vínculo de confianza especial entre las partes, en la medida en que la elección del profesional es realizada por el cliente teniendo en consideración sus cualidades especiales."
- "Las pautas de los arts. 57 a 59 de la ley 21.839 constituían pautas "meramente indicativas" y "parámetros orientativos", de modo que los porcentajes allí previstos podían ser dejados de lado tanto por las partes como por el juez."
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