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BIDEGARAIN, MATIAS NAHUEL c/ TRANSPORTES ATLANTIDA S.A.C. LINEA 57 s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

La Cámara Civil modifica los honorarios fijados en primera instancia para los abogados y peritos intervinientes, adecuándolos a la nueva normativa arancelaria.

Honorarios Unidad de medida arancelaria Adecuacion Incidente Regulacion Danos y perjuicios Accidente de transito

La sentencia analizada corresponde a un incidente promovido para adecuar los honorarios fijados en la instancia anterior, de conformidad con lo establecido por la Ley 27.423 que instituyó la Unidad de Medida Arancelaria (UMA) para cuantificar los honorarios profesionales. El tribunal, en base a los artículos 1, 3, 16, 19, 20, 21 y 29 de la ley arancelaria y considerando la índole y extensión de la labor realizada por los profesionales intervinientes, procede a regular nuevos honorarios para los abogados de ambas partes, los peritos médico, ingeniero y contable, los consultores técnicos y la mediadora interviniente. Asimismo, fija los honorarios de alzada para los abogados de la parte actora y demandada.

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