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DASSO GABRIEL MARIA Y OTROS c/ CARRAZANA LUIS ANGEL s/VICIOS REDHIBITORIOS

Los propietarios de unidades funcionales promovieron demanda por vicios redhibitorios contra el constructor, proyectista y director de obra. La Cámara Civil confirmó la sentencia que hizo lugar a la demanda.

Dano moral Defectos constructivos Vicios redhibitorios Responsabilidad del constructor Disminucion del valor de la propiedad


¿Quién es el actor?

Propietarios de las unidades funcionales N° 2 y 3

¿A quién se demanda?

Luis Ángel Carranzana, en su calidad de constructor, proyectista y director de obra

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamaron por vicios ocultos y defectos constructivos, y daños y perjuicios

¿Qué se resolvió?

La Cámara Civil confirmó la sentencia que hizo lugar a la demanda.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- Los vicios redhibitorios son defectos ocultos que deterioran la esencia de la cosa y existían al momento de la venta. El vendedor debe garantizar estos vicios, aun cuando los desconociera.
- Quedó demostrado que al poco tiempo de uso las unidades funcionales presentaban diversos problemas ocultos, como deficiencias en las instalaciones eléctricas y sanitarias, incumplimientos al Código de Edificación, etc.
- La prueba pericial acreditó una disminución de aproximadamente el 40% en el valor de las propiedades debido a los defectos.
- Procede la indemnización por daño moral, considerando la repercusión en la calidad de vida y el estado de ánimo de los propietarios.

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