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Corte Suprema

DE CANDIA PASCUAL OSVALDO c/ CAJA-PFA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

La Corte Suprema declaró parcialmente admisible el recurso extraordinario interpuesto por la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal y dejó sin efecto la sentencia de la Cámara Federal de la Seguridad Social en materia de prescripción, remitiendo a los fundamentos del precedente Repossi. La tasa de intereses fue declarada inadmisible y la causa vuelve al tribunal de origen para dictar un nuevo pronunciamiento.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CSS 049312/2010/CS001
Prescripcion Recurso extraordinario Caja de retiros Jubilaciones y pensiones de la policia federal Regimen previsional Personal militar y civil Ley 24.241 Intereses Admisibilidad (art. 280 cpccn) Precedente repossi Remision a fundamentos

¿Quién es el actor?

Pascual Osvaldo De Candia.

¿A quién se demanda?

Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal (Caja - PFA).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reclamo previsional de personal civil y militar de las Fuerzas Armadas y de Seguridad (Ley 24.241 y normativa de la Caja de la PFA), en el que se debatió el plazo de prescripción aplicable.

¿Qué se resolvió?

se declara parcialmente admisible el recurso extraordinario y se deja sin efecto la sentencia apelada en lo relativo a la prescripción, con el alcance indicado en el precedente CSJ 694/2012 "Repossi". Se declara inadmisible el agravio sobre la tasa de intereses (art. 280 CPCCN). Costas por el orden causado en los términos del fallo; vuelven los autos al tribunal de origen para un nuevo pronunciamiento.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que las cuestiones relacionadas con el plazo de prescripción planteadas por la demandada, que corresponde aplicar, son sustancialmente análogas a las examinadas por esta Corte en la causa CSJ 694/2012 (48-R)/CS1 'Repossi, Claudio Eduardo y otros c/ Caja de Retiros Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal s/ ordinario', sentencia del 30 de diciembre de 2014, a cuyos fundamentos corresponde remitir en lo pertinente."

"Que el restante agravio de la recurrente, vinculado con la tasa de los intereses, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)."

La Corte no desarrolla fundamentos propios: la solución se apoya íntegramente en la remisión al precedente "Repossi".

Leyes que cita

  • Ley 17.454Codigo procesal civil y comercial de la nacion
  • Ley 24.241Sistema integrado de jubilaciones y pensiones

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