BAIGORRIA MARISA DEL CARMEN c/ MAYO S.A.T.A. (LINEA 141) s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil revocó las sentencias que habían condenado a la empresa de transporte y su aseguradora, y rechazó las demandas interpuestas por los pasajeros que resultaron heridos en un accidente de tránsito, al considerar que la culpa exclusiva fue del conductor del camión que violó la luz roja del semáforo.
- Demandantes (Actores): Alejandrina Pascua, Rubén Andrés Palmieri, Norma Rosa Barraza, Marisa del Carmen Baigorria, José María Piriz, Haydee Argentina Murseli
- Demandados: Luis Villan (chofer del colectivo), Mayo SATA (empresa de transporte), Protección Mutual de Seguros del Transporte Público de Pasajeros (aseguradora), Jorge Esteban Amichetti (chofer del camión), Bellas Artes S.A. (propietaria del camión)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamo de daños y perjuicios por lesiones sufridas en un accidente de tránsito
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó las sentencias de primera instancia que habían condenado a Mayo SATA y su aseguradora, y rechazó las demandas. Consideró que la culpa exclusiva fue del conductor del camión que violó la luz roja del semáforo, lo cual constituyó un hecho de un tercero por el que la empresa de transporte no debía responder.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La empresa de transporte sólo se exime de responsabilidad si el accidente se debió a fuerza mayor, culpa de la víctima o de un tercero por quien no deba responder.
- En este caso, se probó que el accidente se debió a la violación de la luz roja del semáforo por parte del conductor del camión, lo cual configuró un hecho de un tercero que rompió el nexo causal.
- No se puede exigir al chofer del colectivo que deba frenar en cada esquina con semáforo en verde para cerciorarse que ningún vehículo atraviese violando la luz roja, pues ello sería "sobrehumano".
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