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PIRIZ JOSE MARIA c/ MAYO SATA LINEA 141 Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil revocó la sentencia de primera instancia y rechazó las demandas iniciadas por los pasajeros del colectivo contra la empresa de transporte y su aseguradora, al considerar que el accidente se produjo por la exclusiva culpa del conductor del camión que violó la luz roja del semáforo.

Accidente de transito Nexo causal Responsabilidad del transportista Conductor profesional Violacion de luz roja de semaforo


- Actores: Varios pasajeros del colectivo de la línea 141 que sufrieron daños por un accidente de tránsito.
- Demandados: Empresa de transporte público Mayo SATA, su aseguradora Protección Mutual de Seguros, y el conductor y propietario del camión involucrado.
- Objeto de la demanda: Reclamación de daños y perjuicios por el accidente.

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó las sentencias de primera instancia y rechazó las demandas contra la empresa de transporte y su aseguradora. Consideró que el accidente se produjo por la exclusiva culpa del conductor del camión que violó la luz roja del semáforo, rompiendo el nexo causal con la empresa de transporte. Por lo tanto, no correspondía imputarle responsabilidad a ésta última. "Para un conductor profesional, como el chofer del colectivo, el hecho de que un rodado atraviese con luz roja una encrucijada a la hora en que ocurrió el accidente, importa una contingencia previsible y no extraña al riesgo empresario que asume el transportista de conducir al pasajero sano y salvo a destino".

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