Recurso Queja Nº 1 - HERNANDEZ MARIN, GIOVANA ELIZABETH c/ ASOCIART S.A. ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
La Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró admisible la queja y procedente el recurso extraordinario deducido por Asociart S.A. Aseguradora de Riesgos del Trabajo en un juicio por accidente de trabajo. Dejó sin efecto la sentencia de la Sala VI de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, con remisión a los fundamentos del precedente Behrens sobre la constitucionalidad de la ley 27.348, y ordenó dictar un nuevo pronunciamiento.
¿Quién es el actor?
Giovana Elizabeth Hernández Marín.
¿A quién se demanda?
Asociart S.A. Aseguradora de Riesgos del Trabajo (codemandada, recurrente ante la Corte).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reclamo por accidente de trabajo, regido por la ley especial (ley 24.557).
¿Qué se resolvió?
la Corte declaró admisible la queja, procedente el recurso extraordinario y dejó sin efecto la sentencia apelada. Las costas se impusieron por su orden en atención a la índole de la cuestión. Los autos vuelven al tribunal de origen para que se dicte un nuevo pronunciamiento conforme a lo resuelto.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que los cuestionamientos de la apelante vinculados con la constitucionalidad de la ley 27.348 encuentran adecuada respuesta en el pronunciamiento dictado por esta Corte en la causa 'Behrens' (Fallos: 347:1709), a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir, en lo pertinente, en razón de brevedad." Los considerandos son breves y no contienen desarrollo propio: la decisión se apoya en la remisión a Behrens respecto de la constitucionalidad de la ley 27.348 (que modificó el régimen de la ley 24.557 en materia de comisiones médicas y vía judicial).
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Normas que cita
- Ley 27.348Riesgos del trabajo
- Ley 24.557
Fallos que cita
- BehrensCSJN · Fallos 347:1709
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