JurisprudenciaARG
Instancia unica administrativa

COOPERATIVA OBRERA LIMITADA DE CONSUMO Y VIVIENDA

El valor de transacción es la primera base para la determinación del valor en aduana según lo dispuesto en el artículo 1 del Acuerdo Relativo a la Aplicación del Artículo VII del GATT.

Fecha de la sentencia
Tribunal
TFN - Sala E
Fuero
ADUANERO
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
34.565-A
Competencia Costas Valor en aduana

¿Qué se resolvió en el fallo?

Se analizó un recurso de apelación contra una resolución administrativa de la Dirección General de Aduanas que confirmó un ajuste de valor en aduana aplicado a la importación de ventiladores. La controversia se centró en la adecuada determinación del valor en aduana conforme al Acuerdo Relativo a la Aplicación del Artículo VII del GATT, especialmente en la correcta aplicación del método del valor de transacción de mercancías similares previsto en el artículo 3 del Acuerdo. Se examinaron aspectos sobre la comparabilidad de las mercaderías utilizadas como antecedentes, incluyendo aspectos como características, modelos, marcas, cantidades y fechas de las operaciones, así como la debida fundamentación y carga probatoria de la autoridad aduanera.

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