RAIZEN ARGENTINA S.A.U c/ DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS s/ apelación
El Tribunal Fiscal de la Nación no puede declarar la inconstitucionalidad de una ley en un caso concreto ante un planteo incidental de un recurrente.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó la procedencia de la repetición de pagos indebidos por derechos de exportación de hidrocarburos aplicados a una alícuota del 12%, controversia surgida tras la entrada en vigencia de la Ley 27.541 que estableció un límite máximo del 8% para dichos tributos. Se examinó la legalidad y constitucionalidad de la normativa aplicada, en particular el Decreto 793/2018 y la interpretación del artículo 52 de la Ley 27.541, así como las competencias del Tribunal Fiscal para declarar la inconstitucionalidad y efectuar el control de constitucionalidad y convencionalidad. El tribunal consideró antecedentes normativos, jurisprudencia y resoluciones anteriores, además de evaluar planteos relacionados con la delegación legislativa, la vigencia de la ley de emergencia y el alcance de los derechos de exportación y sus prórrogas. Se discutió además la aplicación de resoluciones previas, las bases normativas del derecho aduanero y la potestad regulatoria del Poder Ejecutivo en la fijación de alícuotas, concluyendo sobre la interpretación legal y administrativa aplicable para el caso específico.
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Leyes que cita
- Ley 27.541Emergencia publica
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