JurisprudenciaARG
Instancia unica administrativa

GENTOS S.A. s/ recurso de amparo

El amparo por demora previsto por el artículo 182 de la ley 11.683 requiere la concurrencia de perjuicio en el ejercicio de un derecho, una demora injustificada del fisco y la interposición de un pronto despacho no respondido en plazo legal.

Fecha de la sentencia
Tribunal
TFN - Sala C
Fuero
TRIBUTARIO
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
EX-2026-49373988-APN-SGAI#TFN
Competencia Costas

¿Qué se resolvió en el fallo?

Se analiza un recurso de amparo interpuesto por una empresa que solicitó la devolución de pagos anticipados del impuesto PAIS correspondientes a varios períodos fiscales. Se cuestiona la demora del organismo recaudador en resolver dicha solicitud, la cual supera el año desde la presentación inicial sin respuesta definitiva. El Tribunal examina los antecedentes administrativos, incluyendo requerimientos de documentación, cumplimientos y el informe del fisco que justifica la revisión con apoyo en una fiscalización en curso. Se evalúa si existe una demora excesiva imputable al fisco y si se cumplen los requisitos legales para ordenar la resolución del trámite.

Leyes que cita

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