Sentencia TFN INLEG-2026-66434681-APN-VOCXV#TFN
Las infracciones aduaneras que no tengan prevista sanción automática deben tramitarse conforme al procedimiento reglado en el Código Aduanero, garantizando la vista del presunto infractor para que ejerza su derecho de defensa, ofrezca prueba y formul
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó un procedimiento iniciado tras la importación de anteojos de sol provenientes de Italia, en el cual se cuestionó la validez de un certificado de origen presentado fuera de tiempo y con imprecisiones formales, así como la procedencia tributaria de un cargo por derechos de importación e IVA formulado por la autoridad aduanera. La controversia incluyó la revisión de la legalidad del trámite infraccional, la oportunidad y forma de notificación, el derecho de defensa en el procedimiento administrativo, y el planteo de prescripción de la acción tributaria. El Tribunal examina la aplicación normativa sobre certificados de origen, el procedimiento sancionatorio aduanero, los efectos de la apertura del sumario en la prescripción, y la adecuación del acto administrativo y notificaciones a las garantías procesales.
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