JurisprudenciaARG
Instancia unica administrativa

SKF ARGENTINA S.A. c/ D.G.A. s/ Recurso de apelación

La carga probatoria del cumplimiento de las obligaciones derivadas de un régimen especial de importación temporaria recae en el beneficiario del régimen, siendo imprescindible acreditar la reexportación total dentro del plazo concedido.

Fecha de la sentencia
Tribunal
TFN - Sala F
Fuero
ADUANERO
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
36.927-A
Iva Ganancias Competencia Multa Costas

¿Qué se resolvió en el fallo?

Se analizó una controversia relativa a la presunta infracción aduanera vinculada al régimen de importación temporaria, donde se cuestionó el cumplimiento de las obligaciones de reexportación de la totalidad de mercadería dentro del plazo otorgado. La discusión giró en torno a la validez y suficiencia de la prueba documental aportada para acreditar la cancelación del régimen, especialmente la relación entre la mercadería importada y la exportada, mediante certificados de tipificación y permisos de embarque. El Tribunal evaluó la carga probatoria de los beneficiarios del régimen especial y la necesidad de acreditar puntillosamente el cumplimiento del mismo, atendiendo a la conexión técnica y documental entre insumos y productos exportados.

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