JurisprudenciaARG
Instancia unica administrativa

LA JUANO S.R.L. s/Incidente

El beneficio de litigar sin gastos solo se concede a quienes demuestren fehacientemente la imposibilidad económica de afrontar los gastos del proceso, garantizando así el derecho de defensa sin generar un privilegio indebido.

Fecha de la sentencia
Tribunal
TFN - Sala D
Fuero
TRIBUTARIO
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
EX-2026-48987166-APN-TFN#MEC
Iva Competencia Costas

¿Qué se resolvió en el fallo?

Se analizó una solicitud de beneficio de litigar sin gastos presentada por una sociedad en el contexto de un recurso de apelación frente a una intimación de pago emitida por la autoridad aduanera. Se examinaron los requisitos legales para otorgar dicho beneficio, en particular la demostración fehaciente de la imposibilidad económica para afrontar la tasa de actuación. Se consideró la falta de presentación de documentación probatoria y la insuficiencia de los medios ofrecidos para acreditar la situación de pobreza alegada. El Tribunal evaluó también la naturaleza excepcional y restrictiva del beneficio, los estándares interpretativos aplicables y la necesidad de preservar el equilibrio entre los intereses del solicitante y los del fisco.

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