COAFI SA c/ DIRECCION GENERAL DE ADUANAS s/ recurso de apelación
El valor de transacción es la primera base para la determinación del valor en aduana, correspondiendo utilizar el precio realmente pagado o por pagar conforme al artículo 1 del Acuerdo relativo a la aplicación del Artículo VII del GATT.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó la validez de ajustes de valor aduanero aplicados en importaciones de mercaderías bajo la normativa del Acuerdo relativo a la aplicación del Artículo VII del GATT, incorporado a la legislación nacional. El Tribunal examinó si la Administración Aduanera justificó adecuadamente el rechazo del valor de transacción declarado, basado en precios de mercaderías similares, conforme a los métodos previstos en el Acuerdo y la Ley 24.425. Se consideró la ausencia de documentación suficiente para demostrar la improcedencia del valor declarado y la correcta determinación de valores comparativos, así como el procedimiento seguido para fundamentar el ajuste de valor y la carga probatoria aportada en el proceso administrativo y pericial.
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Leyes que cita
- Ley 24.425Organizacion mundial del comercio
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