GASEI S.A. s/ INCIDENTE DE BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS
El beneficio de litigar sin gastos procede únicamente cuando se acredita una situación de vulnerabilidad o estrechez económica real, no bastando la mera invocación de dificultades financieras transitorias o propias de la coyuntura empresarial.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Incidente de beneficio de litigar sin gastos promovido por una sociedad comercial en el marco de recursos de apelación aduaneros vinculados con ajustes de clasificación arancelaria de operaciones de exportación, liquidaciones tributarias y multas por presunta infracción al art. 954 inc. a) del Código Aduanero, con planteo sobre la incidencia de la tasa de actuación, la acumulación de causas, la situación patrimonial alegada y la procedencia de la franquicia prevista en el régimen procesal y en la Ley 25.964.
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Leyes que cita
- Ley 25.964Tribunal fiscal de la nacion
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