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GARCIA MARIA DE LOS ANGELES C/ FIDEICOMISO DE RECUPERACION CREDITICIA LEY 12726 Y SUCESORES DE GERVASIO JUAN CARLOS S/ TERCERIA MEJOR DERECHO (TRAM.SUMARIO)

La actora promovió tercería de mejor derecho por boleto de compraventa y pide el levantamiento de embargos e inhibiciones que afectan dos inmuebles en San Cayetano. El Tribunal hizo lugar a la tercería, reconoció el mejor derecho de la demandante y ordenó el levantamiento de embargos e inhibiciones a efectos de posibilitar la regularización dominial, por estar cumplidos los recaudos del artículo 1170 y pruebas acreditatorias.

Boleto de compraventa Terceria de mejor derecho Legitimacion activa Pago del precio Inhibicion general de bienes Posesion continua Publicidad posesoria Fecha cierta Levantamiento de embargo Costas al vencido.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: María de los Ángeles García, DNI 12.099.432, por su propio derecho. Demandado: Fideicomiso de Recuperación Crediticia Ley 12.726 (acreedor embargante) y los sucesores de Juan Carlos Gervasio (Cristina Alicia Barragán, Gustavo Carlos Gervasio y Claudia Cristina Gervasio). Objeto: Tercería de mejor derecho para declarar preferente el crédito a la escrituración derivado de boleto de compraventa suscripto el 23/2/1987 y, en consecuencia, ordenar el levantamiento de embargos e inhibiciones anotados sobre las Matrículas N° 2942-116 y 2759-116 a fin de posibilitar la regularización dominial a su favor. Decisión: Se hizo lugar a la tercería, se declaró que a la actora le asiste mejor derecho que al acreedor embargante respecto de ambos inmuebles; se ordenó el levantamiento de los embargos e inhibiciones en las matrículas indicadas (con alcance limitado a permitir la regularización dominial) y se impusieron las costas al Fideicomiso, eximiéndose de costas a los sucesores allanados.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes): "Que en consecuencia, y a criterio del Suscripto, se encuentra debidamente acreditado que Víctor Ernesto Kjolhede, entonces cónyuge de la accionante, suscribió el 23 de febrero de 1987 boleto de compraventa respecto de los inmuebles ...; que dicho boleto cuenta con certidumbre fáctica de su existencia con anterioridad al 2 de junio de 1994; que el precio convenido fue cancelado a más tardar el 5 de abril de 1990; que la tradición posesoria se efectuó en el año 1987 y la posesión se ha mantenido sin interrupción, configurando la publicidad posesoria exigida; y que la accionante reviste la calidad de cotitular de los derechos emergentes de aquel boleto, con un perfecto eslabonamiento respecto del titular registral." "FALLO: 1.
- Haciendo lugar a la tercería de mejor derecho promovida por María de los Ángeles García ... y en consecuencia declarando que a la accionante le asiste mejor derecho que al acreedor embargante respecto de los inmuebles ... 2.
- Ordenando, en consecuencia, el levantamiento del embargo trabado ... al solo efecto de posibilitar la regularización dominial de los inmuebles a favor de la accionante. ... 5.
- Imponiendo las costas al Fideicomiso de Recuperación Crediticia Ley 12.726 en su condición de vencido ..., eximir de las costas a los codemandados Cristina Alicia Barragán, Gustavo Carlos Gervasio y Claudia Cristina Gervasio, atento el allanamiento por ellos formulado (art. 70 inc. 1° C.P.)." (Citas textuales preservadas tal como aparecen en el fallo).

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