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ARCA c/ FERRE MARIA BELEN s/EJECUCION FISCAL - ARCA (Ex A.F.I.P.)

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero promovió ejecución fiscal por $19.437.198,36 contra María Belén Ferré. El Juzgado Federal ordenó llevar adelante la ejecución hasta el íntegro pago, impuso las costas al demandado y ordenó a la actora que practique la liquidación de la deuda reclamada por razones de seguridad jurídica.

Costas Seguridad juridica Ejecucion fiscal Pago integro Liquidacion de deuda Deuda tributaria Mandamiento de intimacion Juez federal Arca (ex afip) Art. 70 cpccn


¿Quién es el actor?

Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA, ex A.F.I.P.).

¿A quién se demanda?

FERRE MARIA BELEN.
- Objeto de la demanda: Ejecución fiscal por la suma reclamada de $ 19.437.198,36 más intereses y costas.

¿Qué se resolvió?

Se mandó llevar adelante la ejecución contra FERRE MARIA BELEN hasta hacerse íntegro pago a la ARCA de $ 19.437.198,36, con más sus intereses y las costas del proceso (art. 70 CPCCN). Además, por razones de seguridad jurídica, se ordenó a la parte actora que practique la liquidación de la deuda reclamada. Se protocolice, regístrese, notifíquese y publíquese.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): "La Agencia de Recaudación y Control Aduanero inicia la presente ejecución, persiguiendo el cobro de la suma de $ 19437198.36, con más el 15% para responder a intereses y costas, conforme surge del libelo de inicio." "Admitida la ejecución, se ordenó librar y diligenciar el mandamiento de intimación de pago; el cual se encuentra agregado en autos y da cuenta de la intimación practicada." "Ahora bien, dado que no se han opuesto excepciones al progreso de la presente, las costas se impondrán al demandado, según el principio objetivo de la derrota." "En atención a lo acaecido en diversas ejecuciones fiscales incoadas por la ARCA (ex A.F.I.P.) ante éste Tribunal ...; corresponde, por razones de seguridad jurídica, ordenar a la parte actora que practique liquidación de la deuda reclamada."
- Votos en disidencia: No existen votos en disidencia; la resolución está firmada por la Jueza Federal Eva L. Parcio de Seleme.

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