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NESPRAL, DANIEL OMAR c/ MARTIN, FULVIA NOEMI s/ACCION DECLARATIVA ( ART. 322 COD. PROCESAL )

El actor promovió demanda para determinar la extinción de la obligación asumida respecto del pago de los beneficios jubilatorios a la demandada en un convenio de liquidación de sociedad conyugal. La Cámara Civil modificó la sentencia y estableció que la obligación se extingue cuando el devengamiento de los haberes jubilatorios del actor alcance el valor de las acciones cedidas.

Divorcio Liquidacion de sociedad conyugal Valuacion de acciones Plazo tacito Cesion onerosa Beneficios jubilatorios


¿Quién es el actor?

Daniel Omar Nespral
- Demandada: Fulvia Noemí Martin

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Determinar la extinción de la obligación del actor de pagar los beneficios jubilatorios a la demandada, pactada en un convenio de liquidación de sociedad conyugal.

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó la sentencia que había rechazado la demanda y declaró que la obligación se extingue cuando el devengamiento de los haberes jubilatorios del actor alcance el valor de las acciones cedidas, cuya estimación y liquidación deberá practicarse en la instancia de grado. Impuso las costas a la demandada vencida. Los fundamentos relevantes son:
- El convenio constituye una cesión de derechos onerosa con plazo tácito y resolutorio, y no una compensación económica ni una renta vitalicia.
- La falta de plazo determinado no implica que no lo haya, pues el plazo acaecerá cuando el devengamiento de los haberes jubilatorios alcance el valor de las acciones cedidas.
- No corresponde entender que la prestación sea vitalicia, pues ello contraría la naturaleza del acto y la finalidad de la liquidación de la sociedad conyugal.

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