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FERNANDEZ, DARIO c/ CENTRO GALLEGO DE BUENOS AIRES s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC. TRAN. SIN LESIONES )

El actor promovió demanda por daños y perjuicios derivados de la retención de 160 televisores que le alquilaba al Centro Gallego de Buenos Aires. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia y ordenó al Centro Gallego a abonar al actor la suma de $2.700.000 en concepto de lucro cesante.

Danos y perjuicios Lucro cesante Perdida de chance Retencion indebida Interdicto de recobrar Alquiler de bienes


¿Quién es el actor?

Darío Fernández

¿A quién se demanda?

Centro Gallego de Buenos Aires, Mutualidad, Cultura, Acción Social

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Daños y perjuicios por $2.700.000 por las sumas dejadas de percibir por el alquiler de 160 televisores que la demandada no le devolvió

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó la sentencia de primera instancia y admitió parcialmente la demanda, condenando al Centro Gallego a abonar $2.700.000 en concepto de lucro cesante por la imposibilidad del actor de alquilar los televisores durante el tiempo que la demandada los retuvo.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Se acreditó que el actor alquilaba 160 televisores al Centro Gallego por $75.000 mensuales, y la retención de esos bienes por parte de la demandada le impidió seguir percibiéndolos, configurando una pérdida de chance que debe ser indemnizada. La Cámara consideró que el actor reclamó adecuadamente los daños y perjuicios por esa vía, tras haberse ordenado la restitución de los bienes en el proceso de interdicto.

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