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PLISKOVSKY, GRACIELA JUANA c/ TRANSPORTE AUTOMOTOR PLAZA S.A.C.I. Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

La actora promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó la sentencia que hizo lugar a la demanda y condenó a la demandada al pago de la indemnización.

Accidente de transito Dano moral Danos y perjuicios Tasa de interes Responsabilidad civil Gastos medicos Transporte publico


- Actora: Graciela Juana Pliskovsky
- Demandados: Transporte Automotor Plaza S.A.C.I. y otro

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamación de daños y perjuicios por un accidente de tránsito sufrido cuando la actora viajaba como pasajera en un colectivo de la línea 114.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda y condenó a la empresa de transporte y a la aseguradora a abonar una indemnización a la actora.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- Para la procedencia y cuantificación del daño moral no es necesaria la existencia de prueba fehaciente, sino que debe ponderarse la entidad de las lesiones sufridas.
- El monto fijado en concepto de gastos médicos es razonable y proporcional a la naturaleza de las lesiones, más allá de que no hayan derivado en incapacidad.
- Respecto a la tasa de interés aplicable, corresponde aplicar la tasa activa cartera general (préstamos) nominal anual vencida a 30 días del Banco de la Nación Argentina, sin que se acredite que su aplicación genere un "enriquecimiento indebido".

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